Adquirir una vivienda es una operación compleja, pero todavía puede serlo más, con algún tipo de discapacidad física, psíquica o sensorial.
Varias instituciones públicas son conscientes de ello y ofrecen ayudas o ventajas fiscales que pueden suavizar el coste de la compra.
Se necesita adaptar el inmueble a las necesidades de cada uno, lo que puede incrementar aún más el gasto.
Comunidades que reducen los impuestos sobre la compra
Lo más destacado en ese sentido son las reducciones de los tributos sobre la compraventa que practican algunas comunidades autónomas si el comprador de la vivienda es una persona con discapacidad. En el caso de los inmuebles de primera transmisión, por ejemplo, esa rebaja se aplica sobre el impuesto sobre actos jurídicos documentados (IAJD). Hay que decir, eso sí, que el IVA (que es de carácter estatal) se mantiene en el 10% .
La reducción sobre el IAJD se practica en Andalucía (0,1% en lugar de 1,5%), Aragón (bonificación del 30% en la cuota), Canarias (del 1% al 0,4%), Cantabria (del 1,5% al 0,3%), Castilla y León (del 1,5% al 0,5%), Cataluña (del 1,5% al 0,5%), Galicia (del 1,5% al 0,5%) y La Rioja (del 1,5% al 0,5%).
Los requisitos para acceder a estas rebajas son adquirir una vivienda de uso habitual, a veces con un valor máximo, y tener un grado de discapacidad reconocido de al menos el 33% o el 65%, según la comunidad autónoma.
Si la vivienda es de segunda mano, también hay varias comunidades que reducen el impuesto sobre transmisiones patrimoniales (ITP), que es el tributo que hay que abonar en estas ocasiones.
La rebaja se aplica únicamente si el inmueble adquirido es para uso habitual y si el grado de discapacidad reconocido alcanza un mínimo del 33% o del 65%.
La lista de comunidades que aplican una rebaja sobre el ITP si el adquiriente es una persona con discapacidad es un poco más larga: Andalucía (3,5% en lugar de 8%), Aragón (bonificación del 12,5% en la cuota), Canarias (del 6,5% al 4%), Cantabria (del 10% al 5%), Castilla y León (del 8% al 4%), Cataluña (del 10% al 5%), Comunidad Valenciana (del 10% al 4%), Extremadura (bonificación del 20% en la cuota), Galicia (del 10% al 3%) y La Rioja (del 7% al 5%).
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